ALFATORRES nos comenta las características y funcionamiento de los sistemas de salida controlados electrónicamente, un elemento muy importante en la evacuación de los edificios.

Desde 2015, existe el marco normativo adecuado para llevar a cabo el Marcado CE de los SISTEMAS DE SALIDA CONTROLADOS ELÉCTRICAMENTE POR SU USO EN RECORRIDOS DE EVACUACIÓN según la Norma UNE-EN 16367. Esta norma busca establecer los requisitos para conseguir una evacuación segura y efectiva, mediante una puerta con un máximo de 2 maniobras para desbloquear el sistema de salida de evacuación gestionado eléctricamente. Este tipo de sistemas es cada vez más frecuente en instalaciones y edificios donde se requiere de unos niveles de seguridad de acceso (interior/exterior) para la protección de las personas y los bienes comunes. También es muy recomendable para gestionar las salidas de instalaciones con especial cuidado de sus usuarios – hospitales, geriátricos, escuelas especiales y recintos de gran capacidad- sin menguar la capacidad de evacuación real.

Estos sistemas introducen nuevos conceptos como la salida temporizada o el modo de salida denegada como refuerzo de la seguridad del edificio. Además, el sistema de control y gestión centralizado del sistema y/o edificio también quedan incluidos dentro del alcance de la Norma tal y como requiere el mercado.

En todo caso, no olvidemos que se trata de actuar sobre recorridos de evacuación y el principio de Seguridad positiva se tiene que mantener, es decir, en caso de error general del sistema, carencia de fluido eléctrico o señales de incendio/alarma el sistema (la puerta) tiene que quedar desbloqueado/da eléctricamente.

 

Un sistema de este tipo dispone esencialmente de estos elementos:
  • Un elemento de demanda de apertura para iniciar el desbloqueo del elemento que bloquea eléctricamente la puerta(Y)
  • El elemento de gestión eléctrica que bloquea la apertura de la puerta. (L)
  • El elemento de maniobra (habitualmente mecánico) que hace que la puerta se abra y quede liberado el enclave. (O)
  • El elemento de control que gestiona estas señales y las que pueden venir desde otros sistemas. (C )
  • Cuando se trata de una gran equipación/edificio, el elemento CCG (Control Central de Gestión) también es un elemento imprescindible.
La maniobra básica de un sistema responde al siguiente esquema: para poder salir se tiene que pulsar el elemento de demanda de apertura – habitualmente junto a la puerta-, seguidamente hay un tiempo de retraso hasta que el sistema desbloquea la apertura y entonces se tiene que maniobrar sobre el elemento mecánico de apertura. Se pueden dar diferentes circunstancias adicionales que vienen configuradas según el propio sistema de control del edificio: el elemento de demanda puede estar integrado al propio elemento desbloqueador ( manecitas, barras antipánico, etc.), puede existir uno según tiempo de temporización y también se contempla la posibilidad de apertura denegada.
Habitualmente esta configuración viene dada cuando se usa un CCG. Dentro de la operativa de estas puertas, también es importante remarcar, que después de una petición de apertura, es necesario rearmar el sistema, pero se puede hacer de manera remota, si la puerta no ha sido abierta.
Hay otro factor a tener en cuenta en el momento de instalar estos sistemas: las puertas dentro de los recorridos de evacuación pueden ser cortafuegos y/o con características de estanqueidad al humo. Esto quiere decir que las prestaciones del sistema tienen que ser compatibles con la puerta cortafuego y en ningún momento se tienen que perder prestaciones en ninguno de los ámbitos tratados: fuego y seguridad de uso. La Declaración de Prestaciones obligatoria por parte del fabricante del sistema tiene que mostrar, entre otros datos, los resultados de ciertos ensayos donde interactúan los 2 sistemas, bajo fuerzas de actuación exteriores e interiores con el objetivo de validar la resistencia de la puerta y el elemento de bloqueo eléctrico. Otro ejemplo: por puertas de dos hojas de apertura en el sentido de la evacuación, la Norma exige que el sistema funcione igualmente, indistintamente de la hoja que sea activada inicialmente. Esto quiere decir que la puerta ha tenido que ser ensayada previamente bajo la Norma EN1191 cumpliendo los requisitos específicos para considerarse puerta apta para ser instalada en recorridos de evacuación.
Volviendo a la propia operativa de estos sistemas, los elementos que componen el conjunto, tienen que cumplir una serie de condiciones bastante exigentes para poder ser incluidos en el sistema:
– El elemento solicitador tiene que tener una fiabilidad de uso eléctrico de grado SIL 2 y además una resistencia mecánica testada mediante ensayo en laboratorio. En su instalación se deben cumplir toda una serie de requisitos para garantizar su visualización, tanto desde su ubicación como por los materiales y colores con los cuales está fabricado y señalizado.
– Los elementos de desbloqueo (manillas y barras pánico) tienen que estar Certificados bajo las Normas de Producto EN 179 o EN 1125.
– Los elementos eléctricos de bloqueo deben ser ensayados junto con cargas adicionales según Norma, para poder formar parte del sistema.
De hecho, un sistema certificado bajo la EN 16367 puede llegar a ser objeto de 3 o 4 ensayos diferentes antes de la validación. El Código Técnico de la Edificación también recoge las posibilidades derivadas de la aplicación de esta Norma y establece al DB SI el siguiente criterio:

 

Sistemas de apertura controlada eléctricamente

 Como excepción a lo que establece el punto 1 de SI 3-6, la instalación de sistemas de apertura controlada eléctricamente en las puertas a las que se refiere dicho punto, es posible siempre que el sistema cumpla con la norma UNE-EN 13637 considerando las siguientes condiciones:

  • Durabilidad del sistema de Grado 7 o mayor (2º dígito de la clasificación del sistema)
  • Sin temporización, cuando se trate de ocupantes que en su mayoría sean no habituales y no estén familiarizados con el edificio o establecimiento (Grado 0 en el 9º dígito) o con temporización t1 ≤ 15 s en otros casos (Grado 1 en el 9º dígito), salvo en zonas destinadas a albergar personas que deban estar bajo control, para las que se admite grado 2 en el 9º dígito.
  • Sin modo de salida denegada (Grado 0 en el 10º dígito), excepto en los casos en los que se admite grado 2 en el 9º dígito.
  • Cuando se trate de puertas resistentes al fuego el sistema deberá tener idoneidad para su uso en dichas puertas (Grado B en el 4º dígito de la clasificación del sistema).
  • Asimismo, el sistema deberá cumplir además lo que se establece en los puntos 2 y 3 de SI 3-6 y en el artículo SUA 3-1 del DB SUA.

A modo de resumen, se muestra un pequeño gráfico extraído de la propia Norma donde se indica las diferentes casuísticas de actuación y el diagrama lógico de este tipo de sistemas.

Queda demostrado que el establecimiento de esta Norma, va más allá de los actuales sistemas de retención electromagnética que hay instalados en gran cantidad de puertas y que han quedado excluidos del cumplimiento de la Normativa como elementos únicos de control de acceso. A la vez, quedan totalmente fuera de Norma todos los sistemas de bloqueo mecánico suplementario sobre una puerta a una vía de evacuación. Esto quiere decir que ante los técnicos se abre un nuevo abanico de posibilidades para la gestión de los equipamientos y que para los fabricantes – de puertas y herramientas -, instaladores y gestores de edificios, recaen unos nuevos retos de adecuación de productos/sistemas.