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Ámbito de aplicación

Toda instalación y mantenimiento de cualquier edificación con instalaciones de protección activa contra incendios, excepto los túneles de carreteras del Estado, sector minero y nucleares.

Las instalaciones de protección activa contra incendios sujetas al reglamento son las siguientes:

  • Sistemas de detección y alarma de incendios
  • Sistemas de abastecimiento de agua contra incendios
  • Sistemas de hidrantes contra incendios
  • Extintores de incendios
  • Sistemas de bocas de incendio equipadas
  • Sistemas de columna seca
  • Sistemas fijos de extinción por rociadores automáticos y agua pulverizada
  • Sistemas fijos de extinción por agua nebulizada – ¡¡NUEVO!!
  • Sistemas fijos de extinción por espuma física
  • Sistemas fijos de extinción por polvo
  • Sistemas fijos de extinción por agentes extintores gaseosos – ¡¡NUEVO!!
  • Sistemas fijos de extinción por aerosoles condensados – ¡¡NUEVO!!
  • Sistemas para el control de humos y de calor – ¡¡NUEVO!!
  • Mantas ignífugas – ¡¡NUEVO!!
  • Alumbrado de emergencia – ¡¡NUEVO!!
  • Sistemas de señalización luminiscente – ¡¡NUEVO!!

Lista de validación del instalador y mantenedor habilitado

* Requisitos de obligado cumplimiento

* Documento acreditativo de la habilitación como empresa instaladora/mantenedora mediante declaración responsable ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma con la mención expresa de los equipos y sistemas de protección activa contra incendios a instalar.

Conforme a lo dispuesto en el R.D. 559/2010 de 7 de Mayo sobre el Reglamento de Registro Integrado Industrial, se pone a disposición de los ciudadanos unas consultas públicas desde la web del Ministerio de Industria, Energía y Turismo para acceder a los datos del Registro Integrado Industrial (RII) con el objetivo de proporcionar información industrial de todo el territorio español.

https://sedeaplicaciones.minetur.gob.es/rii/consultaspublicas/ConsultaDatos.aspx

Guía para consultar datos del Registro Integrado Industrial (RII) de las habilitaciones del R.D. 513/2017:

  1. Consultar empresa habilitada a través del apartado FILTRO con “Razón social” o “Documento (Nº NIF / NIE / …) y seleccionar “Filtrar”
  2. Validar los siguientes datos:

“Estado”: ACTIVO

“Sección”: INSTALADORA / REPARADORA, MANTENEDORA Y CONSERVADORA

“Habilitación”: INSTALACIONES CONTRA INCENDIOS (RD. 513/2017: nuevo RIPCI)

“Categoría/Especialidad”: MENCIÓN EXPRESA AL EQUIPOS Y SISTEMAS DE PROTECCIÓN ACTIVA CONTRA INCENDIOS A INSTALAR/MANTENER

* Habilitación del responsable técnico contratado que firma el certificado de instalación en posesión de un título de escuelas técnicas universitarias u otra titulación equivalente, con competencia técnica en la materia

* Habilitación del operario cualificado para la instalación del equipo o sistema en cuestión

* Seguro de responsabilidadcivil de 800.000€ de cobertura, como mínimo.

☐* Certificado de un sistema de gestión de calidad certificado

(por ejemplo ISO 9001) cuyo alcance especifique claramente el diseño, si procede, instalación y/o mantenimiento de todos y cada uno de los equipos o sistemas a instalar/mantener.

SOLO PARA LA INSTALACIÓN/ MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE EXTINCIÓN MEDIANTE AGENTES GASEOSOS FLUORADOS, certificado de cualificación según R.D. 115/2017

☐ SOLO PARA LA INSTALACIÓN/MANTENIMIENTO DE SISTEMAS DE ALUMBRADO, cumplir con el REBT.